Resumimos la información del BORM nº97 de 28/04/2020. En este se prorroga durante doce meses la declaración de discapacidad y la tarjeta acreditativa de tal condición cuya vigencia temporal venza antes del 31 de diciembre de 2020.
- Se prorroga, por un periodo de doce meses, la vigencia del grado
de discapacidad de carácter temporal reconocido en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con fecha de finalización entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y cuya revisión no haya sido resuelta antes de la publicación de la presente resolución.
Dicho periodo de doce meses se empezará a contar desde el día siguiente al
vencimiento de la vigencia de la declaración de discapacidad de carácter temporal.
- Se prorroga, por un periodo de doce meses, la vigencia del grado
de discapacidad de carácter temporal reconocido en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya solicitud de revisión por finalización de plazo hubiera sido presentada con fecha anterior a 1 de enero de 2020, sin que haya sido resuelta a fecha de publicación de esta resolución.
- No obstante, los equipos de valoración podrán revisar de oficio las declaraciones de discapacidad cuyo plazo de vencimiento haya sido prorrogado de forma automática, y en virtud del tipo de patología, de las características de la discapacidad, del motivo de provisionalidad, y de la información obtenida de los informes aportados si los hubiere, resolver
para un nuevo plazo si procede.